PROSPECTO INFORMATIVO
Y
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO
DE LA ESTACIÓN DE AUTOBUSES
Versión REV1.2
Actualizada al 4 de marzo de 2025
REGLAMENTO DE LA ESTACIÓN DE AUTOBUSES
TIBURTINA BUS
ÍNDICE
- INFORMACIÓN SOBRE INFRAESTRUCTURAS
- NORMAS GENERALES
Art. 1 – Utilización de la estación de autobuses Tiburtina de Roma
Art. 2 – Controversias
Art. 3 – Peajes
Art. 4 – Obligaciones y sanciones
Art. 5 – Información al público
- DISCIPLINA DE MOVIMIENTO DE VEHÍCULOS
Art. 6 – Normas de tráfico
Art. 7 – Acceso a la estación de autobuses y asignación de andenes
Art. 8 – Horarios de acceso y estacionamiento
Art. 9 – Horarios de salida
Art. 10 – Pausas largas y mantenimiento
- NORMAS PARA EL PÚBLICO
Art. 11 – Acceso a la estación de autobuses
Art. 12 – Acceso para personas con movilidad reducida (PMR)
Art. 13 – Seguridad
Art. 14 – Senderos
Art. 15 – Comportamiento
Art. 16 – Daños
Art. 17 – Otras actividades y servicios
Art. 18 – Exposición
Art. 19 – Equipaje
- SERVICIOS DE VENTA DE ENTRADAS E INFORMACIÓN
Art. 20 – Compra de entradas
Art. 21 – Principios fundamentales
Art. 22 – Seguridad
Art. 23 – Horarios
Art. 24 – Información
- REGISTROS
Art. 25 – Inscripciones
ANEXOS:
- Carta de Servicios
- Esquema del contrato de utilización
- Ficha de identificación del cliente
- Formulario de reserva y modificación
- Sistema tarifario en vigor hasta el 10.2020
5bis. Régimen tarifario en vigor del 01.11.2020 al 13.12.2025
5ter. Sistema tarifario en vigor a partir del 14.12.2025
- Formulario de reclamación
- Plano general de la Autoestación
- Plano de la estación de autobuses con senderos, circulación de vehículos y paneles
- Procedimientos para gestionar las condiciones de congestión y saturación
- Esquema del contrato de arrendamiento
REGLAMENTO DE LA ESTACIÓN DE AUTOBUSES
TIBURTINA BUS
A) INFORMACIÓN SOBRE INFRAESTRUCTURAS |
INFORMACIÓN SOBRE INFRAESTRUCTURAS
Este documento se redacta de acuerdo con las indicaciones de la deliberación n° 56/2018 de la Autoridad de Regulación del Transporte.
La estación de autobuses de Tiburtina se encuentra en el municipio de Roma, en Largo Guido Mazzoni.
En la actualidad, la estación está gestionada por Tiburtina Bus S.r.l. (abreviado Tibus), que supervisó su construcción en virtud de una concesión otorgada por el Ayuntamiento de Roma. La estructura ocupa una superficie de unos 8.000 metros cuadrados y consta de un edificio de oficinas, andenes y una zona de maniobras con 19 plazas para salidas y 3 plazas para llegadas de autobuses.
En la zona de la estación hay 6 taquillas (véase el anexo 7), una bajo el edificio de oficinas (Taquilla A) y 5 en cajas comerciales correspondientes a las ubicaciones de las paradas (Taquillas A1, B1, B2, B3, C1).
En particular, la taquilla A, tiene 6 ventanillas:
Ventanilla 1
Ventanilla 2
Ventanillas 3, 4 y 5
Ventanilla 6
Dentro del área, encontrará :
Taquilla A1
Taquilla B1
Taquilla B2
Taquilla B3
Taquilla C1
Para conocer los horarios de apertura de las ventanillas, consulte la Carta de Servicios (anexo 1).
Las condiciones de venta, así como la gestión de la actividad, se establecen exclusivamente entre el transportista y el gestor de la taquilla Tibus no tiene derecho a imponer y/o solicitar condiciones contractuales particulares y no es responsable de la venta de billetes.
– 4 locales comerciales situados cerca de las paradas para atender a los usuarios (Cafeteria, Prensa, Estanco, Restaurante);
– Servicios sanitarios;
– Sala de espera de pasajeros;
– Sala de espera para conductores.
La estación está situada en una zona que actúa como centro neurálgico e intermodal del transporte público. A unos 100 metros se encuentra la estación de metro Tiburtina (línea B) y la estación de tren Tiburtina, que, además de trenes regionales y la línea al aeropuerto de Fiumicino, también presta servicios de alta velocidad.
Cerca de la estación, hay una zona que da servicio a varias terminales del servicio público interurbano gestionado por la empresa Cotral, así como a varias terminales/paradas del servicio público urbano gestionado por ATAC. Por último, cerca de la entrada peatonal de la estación, hay una parada de taxis.
La estación de Tiburtina está equipada con un sistema de videovigilancia las 24 horas del día, además de la presencia regular de la dirección en el lugar. La amplia disponibilidad de espacios ha descartado hasta ahora cualquier cuestionamiento de las condiciones de funcionalidad y accesibilidad en relación con las exigencias de los operadores de transporte.
Tibus realiza comprobaciones periódicas, al menos una vez al año, para garantizar que la estación sigue siendo funcional y accesible. Se presta especial atención a las personas con movilidad reducida (PMR), y las comprobaciones se llevan a cabo siempre que surge la oportunidad (por ejemplo, cuando se solicitan la activación de servicios específicos).
En cuanto a la asistencia a las PMR, la estación ha puesto en marcha medidas de señalización (presencia de un sendero táctil, punto de encuentro para las PMR) y logística, con asistencia directa incluso para quienes no la solicitan (acceso de vehículos privados con PMR a bordo al interior de la estación, asistencia a las PMR, incluso acompañadas, directamente por personal de Tibus).
El objetivo de los controles es mantener unas condiciones óptimas de funcionalidad y accesibilidad, incluidas las perspectivas.
La Carta de Servicios («Apéndice 1» de este documento) proporciona información adicional, en particular sobre :
- Protección de los derechos de los pasajeros, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 181/2011 (§ 2 sub. b);
- Condiciones de accesibilidad comercial y gestión de billetes (§ 3 sub. b) ;
- Servicios de asistencia a las PMR (§ 4);
- Procedimientos de información al público (§ 5, c) – h);
- Oferta de servicios complementarios/accesorios dentro de la estación (§ 6, sub. c) – g).
B) NORMAS GENERALES |
Art. 1 – Utilización de la estación de autobuses Tiburtina de Roma
Todas las empresas que explotan líneas de autobús internacionales, nacionales e interregionales con término o tránsito en Roma pueden solicitar el acceso a la Autoestación para localizar una parada o término.
Con la solicitud de acceso a la Terminal -realizada de acuerdo con los términos del siguiente artículo 7- el usuario-transportista declara que conoce el presente Folleto Informativo y Reglamento y acepta las condiciones del mismo. Si la solicitud es aceptada, el transportista firmará un contrato de uso con la empresa Tibus (de acuerdo con el esquema adjunto nº 2) con el fin de poner a disposición y, en consecuencia, utilizar y ocupar una plaza de autobús de acuerdo con las tarifas vigentes y las condiciones generales de este reglamento.
Para beneficiarse de los servicios de la Autostation, los transportistas deberán cumplimentar la documentación relativa a la identidad de la empresa y a las hojas de servicio solicitadas y presentarlas de conformidad con el artículo 7 del presente reglamento.
También podrán solicitar el acceso a la Autoestación, en las mismas condiciones que en el presente Folleto Informativo, las empresas que presten servicios regulares de transporte distintos de las líneas de autobuses internacionales, nacionales e interregionales.
El acceso también podrá ser concedido por la Dirección de la Autoestación a autobuses que no presten servicio en una ruta y que lo soliciten, sólo si hay plazas disponibles y sin que ello suponga una saturación de la infraestructura.
Todos los transportistas están obligados a cumplir esta normativa y a asegurarse de que sus clientes la cumplen.
Art. 2 – Controversias
El Tribunal de Roma es competente para conocer de cualquier litigio entre el operador y el transportista.
Art. 3 – Sistema de peajes y tarifas
Todos los autobuses que lleguen y salgan según el horario de servicio están obligados a pagar peaje, independientemente de que circulen o no, incluidos los que se utilicen para trayectos adicionales periódicos o ocasionales autorizados.
El peaje representa la contraprestación por el derecho de uso de la zona de llegadas y salidas de la Autoestación, la reserva de plazas de aparcamiento y el correspondiente acceso de viajeros, excluyendo el uso de la zona para aparcamiento de autobuses y cualquier otro servicio accesorio.
El sistema de tarifas (anexo 5) y sus condiciones de aplicación, tanto para los fines expuestos en los apartados anteriores como para el uso de servicios auxiliares, así como las sanciones que se impondrán a las compañías en caso de incumplimiento de esta normativa, son publicados por Tibus en el sitio web de la compañía. Tibus tiene la prerrogativa de modificar, en cualquier momento, el sistema tarifario y las condiciones de aplicación de las tarifas, avisando a todos los transportistas con al menos 30 días de antelación a la entrada en vigor de las nuevas tarifas.
Los transportistas están obligados a aplicar los cambios introducidos en el sistema tarifario. Tibus se reserva el derecho de aplicar condiciones tarifarias más favorables para los accesos de los transportistas que gestionen servicios de transporte sujetos a obligaciones de servicio público, teniendo en cuenta el equilibrio económico de la gestión y la disponibilidad de espacios.
Art. 4 – Obligaciones y sanciones
Los transportistas, así como todos los clientes de la autoestación, están obligados a cumplir estrictamente este Reglamento y a acatar las disposiciones establecidas por la Dirección. Corresponde a la Dirección comprobar y velar por el cumplimiento de las normas prescritas, valiéndose para ello de sus propios agentes de control y vigilancia en la autoestación, así como de los sistemas instalados al efecto y en cumplimiento de las disposiciones vigentes. Las irregularidades serán sancionadas directamente si son de su competencia. En los demás casos, se denunciarán a los organismos responsables.
Las disposiciones del DPR 753/80 y sus modificaciones e integraciones posteriores se aplican al registro de las infracciones y a la emisión de los informes correspondientes, así como las leyes y reglamentos dictados por la Región del Lazio y el ayuntamiento de Roma en materia de sanciones administrativas.
Para la regulación de situaciones urgentes no previstas en este Reglamento, la Dirección emitirá «Disposiciones de Servicio» que serán remitidas sin demora a las personas interesadas y conservadas en copia en una colección adecuada, fechada y numerada progresivamente.
Cualquier comunicación que realicen los transportistas en el interior de la Estación de Autobuses (por ejemplo, exposición de horarios, cambios de rutas, comunicaciones a los usuarios, etc.) -salvo en las zonas expresamente dedicadas y cedidas a tal fin mediante convenio y/o contrato específico con el gestor de la Estación de Autobuses- deberá ser autorizada previamente. La misma obligación tienen los titulares o gestores de cualesquiera otras actividades económicas autorizadas en el interior de la Estación de Autobuses.
Los transportistas son responsables de los daños causados al mobiliario, bienes muebles e inmuebles y/o a las instalaciones de la Estación de Autobuses. Tibus no es responsable de los daños causados por terceros a los vehículos parados o en movimiento dentro de la Estación de Autobuses.
De acuerdo con las disposiciones vigentes, los conductores y transportistas son responsables de los daños causados a personas o bienes durante las maniobras de llegada y salida, salvo prueba en contrario.
La Dirección de la Terminal está facultada para velar por el cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento y, en su caso, determinar las sanciones aplicables en caso de incumplimiento de las normas generales establecidas en el mismo.
Art. 5 – Información al público
Con Tibus, las horas de llegada y salida de las rutas de autobús en la estación de autobuses se mostrarán al público a través de pantallas especiales, tablones u otros sistemas de información adecuados.
La información incluirá el destino, el nombre del transportista (también visible de forma abreviada), el número de la plaza asignada y toda posible información útil para los usuarios. Otras informaciones para el público podrán acordarse con la propia Dirección.
Las taquillas deben prestar un servicio adecuado de información al público sobre los asuntos de su competencia específica (horarios, estado de los viajes, disponibilidad de plazas, servicios especiales, lugares de salida, etc.).
Las llegadas y salidas deberán efectuarse respetando los horarios previstos. Cualquier adelanto o retraso superior a 10 minutos deberá ser notificado previamente a la Dirección. Cualquier violación o infracción de los derechos de los pasajeros imputable al transportista de conformidad con las disposiciones vigentes correrá en todo caso a cargo del transportista.
C) NORMAS DE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS |
Art. 6 – Normas de tráfico
Sólo se permite el uso de la estación de autobuses a los autobuses debidamente autorizados. Los vehículos de servicio, coches particulares y taxis podrán ser admitidos, respetando estrictamente las normas de seguridad, si han sido autorizados previamente por la Dirección.
Dentro de la estación de autobuses, todos los autobuses autorizados deben respetar las normas generales y específicas de circulación, incluidas las indicaciones de las señales.
La entrada, salida, circulación y estacionamiento dentro de la estación de autobuses se rigen por las disposiciones dictadas por la Dirección, incluso mediante herramientas electrónicas y otras tecnologías.
Los transportistas autorizados a acceder a la estación de autobuses deberán seguir las instrucciones de la Dirección en caso de activación de los procedimientos de congestión y saturación, tal y como se recoge en el Anexo 9.
El incumplimiento de las disposiciones del presente artículo podrá dar lugar a la retirada de los vehículos que representen un peligro o un obstáculo para la circulación. En todos los casos, el estacionamiento de larga duración está prohibido para todos los vehículos.
La velocidad máxima de los vehículos no debe superar los 10 km/h en la zona de entrada a la autogara, pasando a ser de 5 km/h en toda la zona interior (aunque no esté expresamente indicado). El uso de dispositivos sonoros está estrictamente prohibido y penalizado, a excepciòn en caso de emergencia.
Los vehículos parados, tanto los que llegan como los que parten, deben apagar el motor y sólo volver a encenderlo cuando arranquen de nuevo. De conformidad con lo dispuesto en los apartados 3 y 7 bis del artículo 157 del Código de la Circulación, un vehículo parado debe tener el motor apagado; en particular, «está prohibido dejar el motor en marcha mientras el vehículo está parado para mantener en funcionamiento el sistema de aire acondicionado del vehículo».
Art. 7 – Acceso a la estación de autobuses y asignación de plazas
El acceso a la estación de autobuses se autoriza a los derechohabientes en igualdad de condiciones y según criterios de equidad y no discriminación, dentro de los límites de la capacidad de la infraestructura. El acceso sólo se concederá una vez que el transportista haya presentado una solicitud específica de conformidad con el apéndice 4, el formulario de identificación del cliente (apéndice 3) haya sido cumplimentado y aceptado por la Dirección, y previa firma del contrato de utilización mencionado en el anexo 2.
Tibus puede rechazar la solicitud de acceso de los transportistas que lleven más de 30 días de retraso en el pago de sus tasas; si esta condición afecta a un transportista que ya ha obtenido la autorización de acceso, Tibus puede revocarla.
Será responsabilidad del transportista solicitar la reserva al menos 20 días antes de la fecha de inicio del servicio.
Junto con la documentación debidamente cumplimentada, deberá aportarse copia del título expedido por la autoridad administrativa competente que autorice la explotación de la línea para obtener la autorización de acceso.
Una vez comprobada la documentación, la Dirección asignará las plazas, según
disponibilidad, y enviará al transportista una comunicación confirmando la reserva efectuada. Los conductores deberán cumplir escrupulosamente las instrucciones recibidas en relación con los espacios asignados y las horas de entrada/salida autorizadas.
La relación de las matrículas de los autobuses destinados al servicio, así como toda la información y modificaciones de explotación (itinerarios, horarios, normas, suspensiones, autorizaciones, etc.) relativas a las líneas de autobuses, deberán ser igualmente comunicadas a la Dirección, por escrito y mediante la documentación que se aporte, con una antelación mínima de 20 días a su entrada en vigor y, en todo caso, con la antelación suficiente para no causar molestias a los usuarios. En todo caso, los cambios de explotación deberán ser autorizados previamente por la autoridad administrativa competente mediante autorización, que deberá presentarse junto con la documentación debidamente cumplimentada.
Durante la explotación, la Dirección comprobará que los horarios autorizados se ajustan a los horarios reales de explotación establecidos en las autorizaciones expedidas por las autoridades competentes (Ministerio de Transportes, Regiones, Provincias).
Cualquier anomalía detectada se comunicará a las autoridades competentes y se aplicarán las sanciones correspondientes.
Art. 8 – Horarios de acceso y estacionamiento
Los autobuses autorizados podrán acceder a la estación de autobuses para recoger y dejar viajeros. Para las operaciones de embarque, los autobuses podrán presentarse en la entrada como muy pronto quince minutos antes de la hora de salida declarada y, una vez situados en el espacio asignado, dispondrán de cinco minutos para abandonar la estación de autobuses después de la hora de salida declarada. Cualquier adelanto o retraso en relación con las horas autorizadas podrá no concederse (dentro de los límites de las necesidades del servicio) y, en cualquier caso, correrá a cargo del transportista.
Para las operaciones de desembarque de pasajeros, el tiempo máximo de estacionamiento autorizado se limita estrictamente al tiempo necesario para desembarcar a los pasajeros y su equipaje, sin que pueda exceder de diez minutos.
En circunstancias especiales y a petición del transportista, se podrán autorizar tiempos de estacionamiento más largos (sujetos a la disponibilidad de plazas ya reservadas). Esta prolongación correrá siempre a cargo del transportista.
Los autobuses que no puedan circular debido a averías mecánicas u otros daños deberán ser trasladados, por cuenta de los propietarios, fuera de la estación de autobuses. Todo periodo de inmovilización en la estación será facturado.
En caso de mal funcionamiento de los sistemas de señalización y acceso, los conductores deberán prestar especial atención y respetar escrupulosamente las instrucciones de la dirección de la estación de autobuses.
Cualquier problema de acceso (retrasos, cancelaciones, etc.) deberá comunicarse con prontitud y será tratado directamente por la sala de operaciones de la estación. Por consiguiente, la Dirección no garantiza el acceso a la estación en caso de indisponibilidad de plazas.
Art. 9 – Horarios de salida
Las salidas deben efectuarse de acuerdo con el horario.
El horario oficial viene determinado por los relojes instalados en la estación de autobuses.
Cualquier adelanto o retraso debe ser comunicado a la sala de operaciones de la estación de autobuses para permitir una adecuada comunicación y asistencia a los usuarios, sin perjuicio de las obligaciones y responsabilidades que incumben a los transportistas, de acuerdo con las disposiciones vigentes.
La no comunicación de los retrasos exime a Tibus de cualquier responsabilidad.
Art. 10 – Aparcamiento de larga duración y mantenimiento
No se proporciona aparcamiento a largo plazo en las áreas de las que Tibus es responsable.
Cualquier acuerdo que Tibus concluya con entidades capaces de proporcionar aparcamiento de vehículos a largo plazo y mantenimiento menor, así como otras instalaciones, se comunicará a los transportistas, junto con las condiciones económicas aplicables.
Cualquier trabajo en los autobuses dentro de la estación de autobuses está expresamente prohibido, con la excepción de reparaciones de emergencia.
D) NORMAS PARA EL PÚBLICO |
Art. 11 – Acceso a la estación de autobuses
El acceso a la estación de autobuses está autorizado a los viajeros que dispongan de billete. También se autoriza el acceso a los acompañantes de los viajeros durante el tiempo estrictamente necesario para su llegada o salida. Se autoriza el acceso al público interesado en las tiendas de la estación de autobuses y a las personas autorizadas a entrar en el edificio de la administración.
Está terminantemente prohibido que los usuarios y sus acompañantes, así como el personal de los comercios y de las empresas de transporte, crucen la zona de aparcamiento de la estación. Todas las personas mencionadas deberán bajar de los andenes por los pasos de peatones previstos a tal efecto y evitar cruzar las zonas reservadas a la circulación de vehículos.
Cualquier infracción exime a la empresa gestora de cualquier responsabilidad. En caso de necesidades especiales, antes de realizar cualquier operación potencialmente peligrosa, se recomienda ponerse en contacto con la Sala de Operaciones de la estación o con el personal presente en la zona, que podrá prestar toda la asistencia necesaria.
Sólo el personal de las empresas de transporte está autorizado a acceder a las zonas de estacionamiento y a las calles de rodaje, y únicamente en el espacio y el tiempo estrictamente necesarios para las operaciones en torno a sus respectivos vehículos, respetando las normas establecidas por la Dirección.
Está prohibida la mendicidad en cualquiera de sus formas en el interior de la estación de autobuses.
Quedan prohibidas, sin autorización previa, actividades tales como la distribución de material publicitario o anuncios de cualquier tipo, incluso en relación con la actividad de transporte desarrollada, así como la venta de objetos en lugares distintos de los expresamente autorizados o habilitados para ello.
Todas las personas que se encuentren en el interior de la estación de autobuses deben comportarse de forma respetuosa y sin atentar contra su propia dignidad ni la de los demás.
No están permitidos (salvo autorización de la Dirección) los discursos, manifestaciones, reuniones, alteraciones del orden y cualquier forma de actuación (incluso artística) o espectáculo.
Cualquier persona que incumpla estas obligaciones podrá ser expulsada de la estación de autobuses y/o procesada, aunque esté en posesión de un billete que, en los casos más graves, podrá ser anulado y declarado no reembolsable por la dirección de la estación de autobuses.
Está prohibido ofrecer o negociar servicios de alquiler de autobuses, así como realizar publicidad o propaganda de cualquier tipo (sin autorización previa). Cualquier excepción a las normas de publicidad deberá ser autorizada por el Consejo de Administración de Tibus, y siempre en condiciones de igualdad y no discriminación.
Art. 12 – Acceso para personas con movilidad reducida (PMR)
Tibus garantiza el acceso a la estación de autobuses a las personas con movilidad reducida (PMR).
Las zonas de la estación de autobuses, los accesos a los campos y los locales comerciales están libres de barreras arquitectónicas y equipados con rampas especialmente diseñadas para permitir el acceso de las PMR.
De conformidad con el Reglamento (UE) 181/2011, para facilitar el uso de los autobuses que acceden a la estación de autobuses, se ofrece un servicio gratuito de asistencia a los pasajeros con discapacidad y movilidad reducida (PMR) previa reserva, según los procedimientos indicados en el sitio web de Tibus.
Tibus ofrece este servicio con vistas a una mejora continua, a fin de responder cada vez mejor a las necesidades de los pasajeros afectados:
- personas con dificultades para caminar ;
- personas en silla de ruedas
- mujeres embarazadas
- personas ciegas o con dificultades auditivas
- las personas mayores
Para más detalles sobre cómo reservar/informar del servicio, consulte la Carta de Servicios (§ 4, subapartado b), Anexo 1 del presente Reglamento.
Art. 13 – Seguridad
Se habilitan zonas delimitadas e iluminadas para que los usuarios/pasajeros puedan esperar, subir y bajar de los autobuses, de fácil acceso y debidamente señalizadas.
La terminal (zona de maniobras, zona de paso, zona de espera y zona de acceso) está vigilada las 24 horas del día por cámaras de CCTV pertenecientes a Tibus, con grabación continua las 24 horas del día. La videovigilancia cubre tanto las zonas de la estación como las zonas exteriores de la terminal, y permite suministrar imágenes a las Fuerzas Policiales en caso necesario.
La seguridad también está garantizada por la presencia de un servicio de vigilancia armada, con al menos un guardia de seguridad armado de guardia las 24 horas del día, 7 días a la semana, con la posibilidad de aumentar este número a 5 guardias de seguridad (GPG)
simultáneamente en determinados días de la semana y del año.
También funciona un servicio de Sala de Operaciones, con personal de control encargado tanto de la gestión de los movimientos de los autocares como de la seguridad.
En la estación de autobuses, el personal asignado a esta tarea comprueba los equipajes abandonados y los asegura; también se ocupa de la gestión de los equipajes perdidos, registrando los equipajes y determinando su destino cuando ha transcurrido un tiempo razonable sin que hayan sido reclamados; las condiciones aplicables al servicio de recogida de equipajes están publicadas en la página web de la estación de autobuses.
Se invita a toda persona que advierta una situación de emergencia o peligro, relacionada con cualquier suceso accidental que pueda causar daños a las personas, las instalaciones o el medio ambiente, a informar inmediatamente a las autoridades competentes siguiendo el procedimiento de emergencia expuesto en la estación de autobuses en carteles específicos.
En caso de emergencia, es obligatorio seguir las instrucciones del Director de Emergencia y/o de cualquier otra autoridad responsable de la gestión de la emergencia.
Art. 14 – Senderos
La estación de autobuses dispone de señales horizontales y verticales específicas para peatones. Éstas deben respetarse.
Está terminantemente prohibido cruzar la zona de maniobras de los autobuses.
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Art. 15 – Comportamiento
Se espera de los usuarios un comportamiento adecuado y respetuoso, de acuerdo con las normas de urbanidad e higiene.
Los usuarios están obligados a utilizar las papeleras y los aseos, a no ensuciar la zona mientras estén aparcados y a respetar la prohibición de fumar cuando proceda.
El encargado es responsable de la limpieza diaria de la zona y de las instalaciones sanitarias.
Art. 16 – Daños
Toda persona que deteriore o dañe la estación de autobuses, su mobiliario o sus instalaciones está obligada al pago de las indemnizaciones correspondientes, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación penal.
Art. 17 – Otras actividades y servicios
En el interior de la estación de autobuses hay comercios y servicios destinados a mejorar la acogida de los viajeros, gestionados por entidades distintas de Tibus.
Para garantizar el buen funcionamiento de los servicios, cualquier actividad (comercial o de otro tipo) debe llevarse a cabo exclusivamente en los locales especialmente habilitados para ello, a menos que la Dirección autorice y justifique lo contrario.
Queda prohibida la colocación o distribución de carteles, rótulos, publicidad, propaganda o paneles similares no autorizados en el interior de la estación de autobuses. En caso de estar instalados, estos elementos podrán ser retirados por la Dirección a costa del infractor. Los carteles luminosos que se instalen cerca del establecimiento comercial serán fabricados por la Empresa Gestora (a cargo de los usuarios).
Los objetos perdidos que se encuentren en la estación de autobuses se conservarán durante 20 días. Transcurrido este plazo, en ausencia de reclamaciones, podrán entregarse al departamento de objetos perdidos del Ayuntamiento de Roma, a organizaciones sin ánimo de lucro previa solicitud, o destruirse. Se exceptúan los documentos personales, los materiales peligrosos y todos los objetos que requieran un tratamiento o atención especial (productos médicos, perjudiciales para la salud, que contengan datos personales sujetos al Reglamento (UE) 679/2016, etc.).
En cualquier caso, la empresa gestora de la estación de autobuses no se responsabiliza de la custodia de los equipajes y efectos personales de los usuarios y no podrá ser considerada responsable de los daños sufridos por los mismos.
Art. 18 – Señalización
Estas normas se publican en el sitio web de Tibus y se enviarán a todos los transportistas con derecho de acceso a la estación de autobuses.
La publicación de este documento en el sitio web implica que todos los transportistas y usuarios que accedan al sitio tienen pleno conocimiento del mismo.
Los transportistas aceptan expresamente las disposiciones de este documento, así como sus anexos y actualizaciones, en el momento de solicitar el acceso.
Art. 19 – Equipaje
El equipaje de los pasajeros debe llevarse a los sitios entre 20 minutos y 5 minutos antes de la hora de salida prevista. A la llegada, el equipaje debe recogerse en un plazo de 10 minutos.
Se prohíbe a los pasajeros y acompañantes dejar el equipaje sin vigilancia (incluso durante breves periodos).
Está terminantemente prohibido introducir en la estación de autobuses mercancías peligrosas, armas (salvo en los casos previstos por la ley) y animales peligrosos. La dirección puede retener las mercancías a la espera de instrucciones de las autoridades competentes.
E) SERVICIOS DE VENTA DE BILLETES E INFORMACIÓN |
Art. 20 – Compra de entradas
Los billetes pueden adquirirse dentro de la estación de autobuses, cuando así lo prevean y autoricen los transportistas en cuestión, en los mostradores/cajas específicamente dedicados a la venta.
Previa autorización de Tibus y de acuerdo con los procedimientos definidos a tal efecto, los transportistas afectados tienen la posibilidad de vender sus billetes dentro de la estación de autobuses, en locales específicamente identificados y según la disponibilidad, en condiciones de igualdad y no discriminación.
Tibus es libre de confiar la gestión de los servicios de venta de billetes a entidades distintas de la empresa gestora de la estación de autobuses; en cualquier caso, estas entidades están obligadas a respetar los principios de no discriminación e imparcialidad, y son directamente responsables de cualquier infracción cometida contra los transportistas o los usuarios.
Art. 21 – Principios fundamentales
El servicio de venta de billetes, los servicios de información y la utilización de espacios comerciales en beneficio de los transportistas -independientemente de cómo se gestionen- se basan en los principios de igualdad e imparcialidad, transparencia y equidad, continuidad, eficacia, cortesía y disponibilidad, así como en la protección de la competencia.
Estos servicios se prestan sin distinción a todos los transportistas y usuarios, en condiciones de acceso equitativas y no discriminatorias, dentro de los límites de la disponibilidad de la infraestructura.
Todos los viajeros tienen derecho a ser informados de los servicios ofrecidos en la estación de autobuses. Los transportistas y operadores responsables de los servicios de venta de billetes se comprometen a garantizar una comunicación clara y comprensible a los usuarios sobre los servicios ofrecidos, publicando los horarios de apertura de las taquillas y las tarifas aplicadas.
En caso de infracción de los principios fundamentales establecidos en este artículo, cuando se confíen a terceros, Tibus tendrá derecho a imponer una sanción económica de quinientos euros (500 €) por infracción a los responsables de la misma. Tibus también tendrá derecho a facturar a los responsables de las infracciones cualquier suma pagada en concepto de multa, sanción o contravención impuesta por las autoridades competentes, así como a reclamar el reembolso de cualquier suma pagada en concepto de indemnización y/o por cualquier otra pérdida económica.
Art. 22 – Seguridad
Las taquillas que operan en el interior de la estación de autobuses deben estar equipadas con todos los sistemas de protección (activos y pasivos) con el fin de minimizar los riesgos para ellas mismas y para todas las personas presentes en la estación de autobuses.
Las taquillas están obligadas a informar sin demora a la Dirección de cualquier incidente que se produzca o de cualquier necesidad específica relacionada con su servicio. La Dirección garantizará un nivel adecuado de confidencialidad de la información recibida.
Art. 23 – Horarios e información mínima de los transportistas
Tibus dispone de amplias zonas para la información al público y la presentación de los servicios ofrecidos.
Es responsabilidad de cada taquilla crear y exponer -en las áreas dedicadas a este fin por la dirección- horarios que muestren las horas de salida actuales de las diversas rutas, el nombre del transportista, el destino, la taquilla responsable de vender los billetes, las condiciones generales de transporte, la comisión cobrada por la venta de billetes, los canales de contacto y los procedimientos de reclamación, y cualquier otra información útil para la comprensión del público y el cumplimiento de las condiciones de competencia.
En el caso de los transportistas que no dispongan de taquilla en la estación de autobuses, la Dirección designará zonas específicas para que los propios transportistas expongan sus condiciones generales de transporte, los canales y datos de contacto para reclamaciones, los canales de venta y los billetes necesarios para utilizar los servicios.
Art. 24 – Información
Las taquillas deben prestar un servicio de información al público en el marco de sus competencias específicas (horarios, estado de los trayectos, disponibilidad de plazas, servicios especiales, lugares de salida, billetes, tarifas aplicadas, horarios de apertura de las taquillas, etc.).
F) REGISTROS |
Art. 25 – Inscripción en la carrera
Tibus lleva un registro diario de las llegadas y salidas reservadas y completadas, que contiene una lista de todas las rutas sujetas a peaje.
ANEXOS:
- Mapa de servicios
- Modelo de contrato de usuario
- Formulario de identificación del cliente
- Formulario de reserva/modificación
- Sistema tarifario en vigor hasta el 31/10/2020
5 Sistema tarifario en vigor del 01/11/2020 al 13/12/2025
5 ter. Sistema tarifario en vigor a partir del 14.12.2025
- Formulario de reclamación
- Plano general de la estación de autobuses
- Plano de la estación de autobuses con itinerarios peatonales, circulación de vehículos y pantallas informativas
- Procedimientos para gestionar las condiciones de congestión y saturación
- Esquema del contrato de arrendamiento
TIBURTINA BUS SRL